Estimadas familias:
Se acerca el periodo de inscripción para Servicios Complementarios (Aula Matinal, Comedor y Actividades Extraescolares). Hay dos formas de solicitarlas:
· Si su intención es realizarla en formato papel, para facilitar su trámite, desde el 1 al 10 de junio y en horario de 9 a 11 podremos facilitarles el modelo de inscripción y hacer las aclaraciones que precisen.
· Si su intención es hacerla de manera telemática se deberá adjuntar la documentación que acredite las circunstancias familiares. Este trámite se podrá hacer del 1 al 10 de junio.
La documentación necesaria es la siguiente:
· Informe de Vida Laboral de los tutores legales.
· Certificado de trabajo con el horario de cada uno de los tutores.
· En su caso, justificante de autónomo más declaración jurada.
· Cualquier otra documentación que justifique una circunstancia específica: sentencia de separación o divorcio. En este caso, se deberá presentar la sentencia y la solicitud deberá estar firmada por ambos progenitores.
· Si es de Exclusión Social deberán dirigirse a Asuntos Sociales y solicitar el Anexo IV.
Todas las instrucciones necesarias se encuentran recogidas al final de dicha solicitud.
Si faltara alguna documentación podrán adjuntarla hasta el día 10 de junio.
Podrá descargarse el modelo de solicitud pinchando aquí
NORMAS
A TENER EN CUENTA
1. Para poder ser usuario de actividades extraescolares, deberá estar libre de deudas de cualquier servicio extraescolar (anula matinal, comedor y actividades extraescolares) de años anteriores tal como dicta la normativa vigente.
2. En actividades extraescolares sólo tiene derecho a la bonificación de 1 actividad. A partir de la segunda actividad se abonará el precio completo. A la primera actividad se le aplicará la bonificación que le corresponda.
3. Las actividades extraescolares son de mes completo, es decir, si asiste alguna vez en todo el mes ya se considera usuario/a del servicio, no se pueden dar de baja un usuario/a en mitad del mes si ya ha asistido algún día.
4. La inscripción o baja en un servicio sólo podrá realizarse en la secretaría del Centro educativo, la última semana lectiva de cada mes; al igual que cualquier modificación de los datos personales destinados al cobro (número de cuenta , NIF/NIE del titular, dirección, etc.).
5. El cobro se realizará a mes vencido, en los primeros días del mes siguiente, salvo el mes de octubre, que puede tener algún retraso hasta la publicación de la bonificación definitiva. Según la normativa vigente, el cobro se realizará de forma domiciliada.